Testigo brasileño caso Odebrecht reconoció Ángel Rondón era consultor y socio de la constructora
Santo Domingo-13/1/2021-., El testigo brasileño en el caso Odebrecht Mauricio Dantas Bezerra reconoció ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que el imputado Ángel Rondón Rijo era representante comercial, consultor y socio de la constructora.
El mismo testigo que ha hablado de distribución de supuestos
sobornos por US$92 millones, no pudo señalar con nombres y apellidos qué
personas los habrían recibido, ni cuántos funcionarios o legisladores habrían sido
sobornados.
Otro aspecto que el testigo no pudo aclarar fue el desglose
de los pagos realizados directa o indirectamente por Odebrecht de los 92
millones supuestamente entregados como sobornos.
Dantas Bezerra, ex ejecutivo del área legal de la
constructora, admitió que las transferencias hechas por la empresa a Rondón
Rijo tenían como base contratos suscritos entre las partes.
Señaló que participó
activamente en el acuerdo de lenidad suscrito entre Odebrecht y la Procuraduría
General de la República, que implica proveer información para el caso.
Los abogados de Rondón, quienes suscriben la declaración, son
José Miguel Minier, Emery Rodríguez y Fernan Ramos.
El abogado Minier fue quien concluyó el contra interrogatorio
requiriendo del testigo confirmar si el nombre de Rondón aparece como
intermediario de pago de sobornos en la admisión de culpabilidad de Odebrecht
con Estados Unidos o en los acuerdos de lenidad con ese país, Suiza y Brasil, así
como en el convenio reformulado para búsqueda de oportunidad en República
Dominicana. Dantas Bezerra respondió que no.
En ese mismo contexto fue que el profesional del derecho le
preguntó si podía identificar por nombres y apellidos a congresistas y funcionarios
que habrían recibido sobornos y su respuesta fue igualmente que no.
En una declaración de prensa, la defensa técnica de Rondón
Rijo sostuvo que la ambivalencia y la referencia de presuntos hechos de los que
el testigo no muestra tener información directa, descalifican su testimonio
como prueba acreditable ante el tribunal.

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