
La Dirección de Pensionados tendrá un plazo de tres meses para hacer efectivo las pensiones
Santo Domingo-05-04-2021.-, El Poder
Ejecutivo otorgó este lunes pensión especial del Estado a 44 periodistas,
algunos de ellos, aquejados de diversas dolencias, que recibirán cuarenta mil
pesos mensuales, en el marco de la celebración del Día Nacional del Periodista.
Según un comunicado de prensa de la Presidencia, el
presidente Luis Abinader, a través el decreto 108-21 otorgó el beneficio de la jubilación
y asigna una pensión especial del Estado, según lo dispone el artículo 1 de la
medida oficial.
El artículo 2 de la disposición gubernamental, eleva a
RD$40,000 mensuales la pensión asignada por el Estado al señor Leoncio Antonio
Comprés Corsino.
Asimismo, el decreto presidencial indica en su artículo 3,
que en caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión
del Estado, éstos podrán optar por la pensión que más le favorezca.
Los Beneficiarios
Los periodistas
pensionados son,
Juan Modesto Rodríguez, Florencio Peguero Guerrero, Francia Cepín Martínez,
Osvaldo Nelson Hernández Cruz, Manuel Miguel Vólquez Bello, Olivo Antonio de
León Sandoval, Víctor Manuel Nova, José Francisco Madera, Carlos Enrique
Ramírez Báez, Yonis Alberto Salazar Hernández, Juan Ávila, Yluminada Pérez
Rubio, Tomás Santana Herrera y Humberto Del Carmen Olivo Veras.
También Víctor Manuel Pérez Quiñones, Diones
Bienvenido Báez, Demetrio Esteban Sarita, Florencio Manuel Tejada Henríquez,
Vicente Hernández, Carmen Lourdes Carvajal Núñez, Cándida María Acosta De
Pérez, José Alfredo Rodríguez Ovalles, Félix Sosa, Augusto Antonio Álvarez,
José Altagracia Alvarado Peguero, Vicente Antonio Balbuena Peña, Adriano de la
Rosa Paulino, Arsenio Roberto Corporán Díaz, Pedro Alfonso Segura Encarnación,
Rafael Germán Fernández Ureña, María del Rosario Álvarez Leger, José Antonio
Thomas, Alberto Odalis Báez, Rafael Francisco Pineda Cuevas, Antonio Núñez
Núñez, César Andrés López Marte, Luis Mirtilio Féliz Peña, Mario Rodríguez
Santos, Mariano Luis Vanderhorst, Miguel Ángel Polanco Báez, German Elpidio
Santiago Sánchez, Ygnacio Sesilio Guerrero Tavárez, Ángela Genao y Altagracia
Lora Fermín.
Igualmente, el decreto suscrito por el presidente Luis Abinader
dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo
al Fondo de pensiones y jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del
Estado, tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice
su solicitud de inclusión en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles
del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del
Estado del Ministerio de Hacienda.
El decreto establece que la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo de tres meses para hacer
efectivo el pago de las pensiones, contados a partir de que el interesado haya
tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la
pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de
cumplido dicho plazo”.
En tanto, que el artículo 5, de la medida ejecutiva dispone
su envío al Ministerio de Hacienda y a la Dirección general de Jubilaciones y
Pensiones del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución.
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